La Ley de Contrataciones del Estado regula la forma en que todas las entidades que reciben fondos públicos adquieren o contratan sus bienes, insumos, suministros, servicios y obra pública. Estas adquisiciones que realizan las entidades públicas, entre todas las modalidades y casos de excepción contenidos en la ley, llegan a representar casi el 50 % del presupuesto anual de ingresos y egresos del Estado. Por ello, es importante prestar atención a cualquier cambio que se realice a esta norma.
En la actualidad, Guatemala se encuentra frente a una nueva reforma a la Ley de Contrataciones del Estado que responde al interés de actores estatales, con el fin de privilegiar la “agilidad” en la ejecución de fondos públicos en proyectos de desarrollo. La reforma aprobada por el Congreso de la República, el pasado 28 de abril, incrementa los montos límite para cada una de las modalidades, desde la de baja cuantía hasta los montos para realizar una licitación.
En el caso de la modalidad de compras de baja cuantía, los legisladores modificaron el artículo únicamente en lo que respecta al monto de la adquisición, elevándolo de Q25,000 hasta Q100,000, lo que provocará que esta modalidad pase a ser la más utilizada por todas las entidades del Estado, sin tomar en consideración que esta no requiere de mayores formalidades o exigencias; por ejemplo, no se requiere que el proveedor esté inscrito en el Registro General de Adquisiciones del Estado, ni que presente oferta de forma electrónica.
Esta modalidad, por su naturaleza, está exceptuada de los requerimientos de los procesos competitivos y es facultad discrecional de la unidad compradora decidir a quién le compra, lo cual es aceptable si se tratara de casos excepcionales y puntuales, pero no si se convierte en la principal modalidad de compra, sin cumplir con parámetros de eficiencia, competencia y valor por dinero, y, en cuanto a cumplir con parámetros de transparencia, bastará con publicar el monto y a quién se compró, luego de realizada la adquisición y una vez recibido el bien, servicio o suministro.
Por el contrario, para el caso de la modalidad de compra directa con oferta electrónica, sí existen parámetros de transparencia que permiten determinar previamente qué es lo que las entidades están adquiriendo y se puede verificar cada oferta recibida, gracias a que el sistema es completamente electrónico.
La reforma recién aprobada por el Congreso de la República constituye la onceava modificación a la Ley de Contrataciones del Estado y, lamentablemente, no es más que un nuevo “parche” que aleja más al país de las buenas prácticas internacionales en materia de contratación pública.
Guatemala necesita una reforma integral al sistema de adquisiciones públicas. La normativa que regule las adquisiciones públicas debe permitir la ágil contratación, pero también garantizar la transparencia, eficacia, eficiencia, libre competencia y calidad del gasto público.
Con la legislación actual, incluso con los “parches” que puedan introducirse, resulta inconcebible que en el país no exista un régimen adecuado para realizar las compras que demandan situaciones de urgencia y emergencia, y que la única opción sea decretar un estado de excepción –que limita derechos y libertades de la ciudadanía—, pues entonces NO aplica la Ley de Contrataciones del Estado.
Existen esfuerzos para el mejoramiento, actualización y modernización del sistema de contratación pública, en los que cámaras empresariales, gremiales, organizaciones de la sociedad civil, universidades, tanques de pensamiento, banca multilateral, organismos internacionales y entidades del sector público han participado y formulado propuestas, en aras de lograr una legislación que incorpore más herramientas informáticas que fortalezcan la eficiencia, transparencia y competencia.
También se ha propuesto que en el sistema de adquisiciones públicas se priorice el objeto de la adquisición y en función de ello se establezca la modalidad más adecuada, y no una simple vinculación por el monto de la misma.
En ese sentido, las autoridades del Organismo Ejecutivo y los diputados al Congreso de la República, más allá de una reforma, tienen la oportunidad de liderar y concluir exitosamente el proceso hacia un nuevo sistema de adquisiciones públicas. ¿Asumirán el desafío?
Este artículo fue publicado en la Pluma invitada de Prensa Libre el 10 de mayo de 2021:
https://www.prensalibre.com/guatemala/politica/ley-de-contrataciones-por-que-no-se-deberian-sancionar-las-reformas/