DCA Sección: Económicas Página: 13
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Ley impulsaría al sector de servicios
- Escrito por Brenda Jiguan
- Lunes, 16 Noviembre 2015 05:49
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El sector de servicios y el de subcontratación ven con optimismo la aprobación de la iniciativa de Ley Emergente para la conservación del empleo, pues los beneficios fiscales que concede esta propuesta impulsarían el crecimiento de la industria del call centers en un 15 por ciento anual.
La propuesta, que fue elaborada por el Ministerio de Economía y consensuada con el sector empresarial, reforma el Decreto 29-89, Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, y el Decreto número 65-89, Ley de Zonas Francas, al proponer una exención total del Impuesto sobre la Renta por un período de 10 años.
La citada Ley, añade el artículo 8 bis, en el que especifica que únicamente dos actividades estarán bajo el Régimen de Admisión Temporal.
Contenido
La primera se refiere a la producción, transformación, ensamble, armado y procesamiento de bienes industriales relacionados con la industria del vestuario.
En la segunda hace mención a la prestación o producción de servicios vinculados con las tecnologías de la información y comunicación, que brindan los centros de llamadas o centros de contacto, desarrollo de software, desarrollo de contenido digital, apoyo empresarial prestados por centros de servicios, siempre y cuando los servicios se presten a entes fuera del territorio aduanero nacional o a personas no domiciliadas en el país.
Puntos de vista
Luis Linares, analista de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales, opinó que antes de que el Congreso apruebe esta iniciativa es necesario que se someta a consulta y revisión con otros sectores del país que no sean los beneficiarios, para garantizar que esté en función de los intereses nacionales.
De acuerdo con Jorge Méndez Herbruger, titular del despacho económico, la aprobación de esta normativa es crucial y urgente para conservar no menos de 180 mil empleos y competir con países como Costa Rica, que extendió los privilegios fiscales por 20 años; El Salvador, por 60 años, mientras que Honduras y Nicaragua los concedieron por tiempo indefinido.