Según el grado de apertura adoptado en la carrera profesional propia de cada una de las instituciones estudiadas, se entiende como carreracerrada, aquella que limita el acceso a quienes han ingresado desde un escalafón inferior a desarrollar funciones auxiliares -incluso antes de graduarse de abogados- y a la vez realizan su ejercicio profesional en la función específica principal (judicial, fiscal o de defensa);y como carreraabierta, a la que cualquier personal puede ingresar, sin tomar en cuenta que haya desempeño o no, cargos auxiliares o principales en la judicatura, fiscalía o la defensa pública.

Tipo de Archivo: pdf
Categorías: Investigaciones sobre justicia
Etiquetas: Seminario Permanente Sobre Realidad Nacional
Autor(es): Cynthia Sulema Fernández Roca, Lorena Escobar Noriega de Guerrero